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Caso ganado en comision medica

Es una satisfaccion enorme hacerles saber que el 6 DE JUNIO de 2022 nuestro cliente javier barrera ha percibido una indemnizacion sin hacer juicio gracias a nuestro labor … hemos iniciado su reclamo ante la comision medica de capital federal sito en la calle moreno y luego de 5 meses al fin recibio su indemnizacion tan esperada! Es notable hacerles saber que tal como indica la nueva ley laboral, hemos iniciado el reclamo de javier en dicha comision, luego de ser revisado y pasar por dos audiencias los medicos de la comision medica de la calle moreno ( caba) determinaron que tenia una incapacidad del 6% y que tenia derecho a recibir su indemnizacion. Javier hace alrededor de 7 meses tuvo una fractura en su pie izquierdo, se lo habia ocasionado yendo a su trabajo( tuvo un accidente camino al trabajo) . Su art Federacion Patronal nunca le rechazo su siniestro y le realizo todas las prestaciones medicas. Pero igualmente javier tenia derecho a recibir una indemnizacion por el daño ocasionado. Estamos orgullosos de nuestro labor y de la confianza que siempre nos tuvo nuestro cliente. Gracias javier por confiar en nosotros!
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RESOLUCIÓN 27/2022 : RECOMENDACIONES PARA EL REGRESO AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON DIAGNÓSTICO O CASO ESTRECHO DE COVID

MEDIANTE LA RES. 27/2022 ELMINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ESTABLECIO LAS  Recomendaciones para el regreso al trabajo de los trabajadores que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de covid-19.

ARTÍCULO 1º.- Pónense en conocimiento las recomendaciones elaboradas por el MINISTERIO DE SALUD para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19, que se detalla en los artículos siguientes.

ARTÍCULO 2º.- Los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:

1. Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:

A los DIEZ (10) días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde desde la fecha del diagnóstico.

2. Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de CINCO -5- meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):

A los SIETE (7) días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los TRES (3) días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.

ARTÍCULO 3º.- Los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de CINCO -5- meses de la aplicación de la última dosis):

A los DIEZ (10) días desde el último contacto con el caso confirmado

2. Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de DOS -2- dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de CINCO -5- meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos NOVENTA (90) días:

a. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,

b. Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente)

c. Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

d. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

3. Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de CATORCE (14) días de la última aplicación:

a. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.

b. Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).

c. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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