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Laboral

SECLO

La ley N° 24.635 creó el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) en la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Ante este organismo, de instancia administrativa, se dirimen con carácter obligatorio y previo al inicio de la demanda judicial, todos los reclamos individuales y pluriindividuales que versen sobre conflictos de derecho correspondientes a la competencia dela Justicia Nacionaldel Trabajo. Esta instancia es de carácter gratuita para el trabajador y sus derecho-habientes y de bajo costo para el empleador.

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5 respuestas a «SECLO»

hola! mi consulta es la sig: tengo una discopatia l5s1 con protucion… y tendinosis en ambos hombros… la art de la espalda no se hizo cargo y los hombros apenas quinesiologia y alta tmb.. tengo 27 años sueldo promedio anual de 16500 sin descuentos.. y mi duda es para estas enfermedades ahi un minimo de incapacidad?? con solo el minimo masomenos cuanto cobraria?? espero que me puedan ayudar muchas gracias!!

hola, tenia la inquietud de saber si, una viuda puede pedir una conciliación al seclo, a los efectos de intimar al empleador, a realizar pagos al fallecido, para poder tramitar una pensión. gracias

Claro por supuesto que podes, igual no sabemos bien que pagos queres reclamar para eso te pido que te cominiques con nosotros al 1534713448/1534713478. esperamos tu llamado.

Queria saber que costo tiene la gestion de un abogado para el tramite, yo soy empleado y mi abogado que me asesoro en la etapa inicial ( las idas y vueltas de telegramas) esta con temas persoales y no lo puedo ubicar, necesito resolver este tema a la brevedad.

Muchas gracias.

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